El Gobierno nacional a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y pesca formalizó con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución N°75/2021 la suspensión por 30 días de “la aprobación de solicitudes de Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC)”, respecto a los “productos cárnicos de origen bovino”.
Esta medida es publicada en el comienzo del “cese de comercialización de hacienda que se extenderá hasta el 28 de este mes” dispuesto por la Comisión de Enlace de Entidades Agropecuarias en rechazo al cierre de las exportaciones de carne vacuna.
“Con el actual avance del mercado exportador de carnes, sus precios han experimentado un alza sostenida, producto de la creciente demanda de dichos productos, principalmente por parte de los mercados asiáticos”, generando que “los precios internos acompañen los de exportación de la carne vacuna, en contexto donde el precio mundial de los alimentos ha aumentado significativamente”, detalla los considerandos de la resolución.
Firmada por el ministro Luis Basterra la norma tiene la finalidad según la Ley 22.415 de “estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de oferta adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno” y de “resguardar la buena fe comercial, a fin de impedir las prácticas que pudieren inducir a error a los consumidores”.
Según lo informado por el Ministerio de Desarrollo Productivo, surge que en la “comercialización de los productos cárnicos de origen bovino existe una distorsión de precios que superan los índices generales de inflación en materia de alimentos y que impiden el normal abastecimiento de los consumidores y las consumidoras del mercado interno”.
La normativa justifica también que “las actuales condiciones de agravamiento de la situación epidemiológica, sumadas a los efectos negativos acumulados por la vigencia en el último tiempo de medidas destinadas a evitar la propagación de la pandemia mediante la limitación del tránsito y reunión de personas, han tenido un innegable impacto, en la actividad económica.
Sin embargo, reconoce que ante “estado excepcional de emergencia donde cuantiosos recursos del Estado han debido redireccionarse a gastos médicos sanitarios, así como también la asistencia alimentaria de cerca de DIEZ MILLONES (10.000.000) de personas, se observa que la medida dispuesta es razonable y proporcionada a las dificultades que presenta un mercado con severas distorsiones y una crítica situación social, que pueden frustrar el acceso de la población a un producto esencial para su alimentación”.
Frente al cese de exportación, la excepción esta planteada en la resolución al facultar a la cartera agropecuaria el “otorgamiento de las certificaciones oficiales de calidad, de los cupos o cuotas de los productos destinados a la exportación y/o mercado interno vinculados con su competencia” necesaria para el cumplimiento cuotas y cupos como la Cuota Hilton con cortes premiun a Europa y la Cuota 481y las 20.000 toneladas conseguidas en el Gobierno de Mauricio Macri para comercializar en EE.UU.





