Luego de la publicación del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación hoy en el Boletín Oficial de la Resolución N°60, cuyo objetivo tiene el de alcanzar “una más amplia formalización, transparencia y control” de la exportación en el sector agroindustrial, los productores y distintas entidades rurales manifestaron su disconformidad y critica.
“Los requisitos a incorporar tienden a reducir al máximo la existencia de operadores en circuitos marginales, informales e insolventes, que son los que mayores distorsiones producen en el adecuado funcionamiento del mercado interno y exportador”, detalla la normativa y agrega que los requisitos no serán de aplicación si el exportador tiene un establecimiento propio ya inscripto en el RUCA.
Para las cuatro cadenas productivas de maíz, soja, trigo y girasol (Acsoja, Maizar, Argentrigo y Asagir) “por décadas el sector agropecuario ha realizado aportes extraordinarios vía una elevada carga impositiva” y explicaron que “el camino para salir de la presente crisis es incrementando la producción, generando trabajo, con nuevas inversiones y con la exportación de productos”.
“Se continúa echando mano a acciones que erosionan gravemente la confianza y retraen fuertemente las inversiones, tanto las de corto plazo, como también en las inversiones de largo plazo. Al mismo tiempo, que nos posiciona en desventaja frente al resto de los competidores en los mercados internacionales”, consideraron porque “la reaparición de estos controles redundantes y burocráticos al comercio agropecuario solo generarán la caída de la producción y el arribo de operaciones encubiertas, tal como sucedió con las producciones de trigo, maíz y carnes”.
Al respecto, el presidente de Carbap, Horacio Salaverri adelantó que “vamos a monitorear muy de cerca como repercute en el mercado y si está resolución va por el camino de complejizar, alterar el libre mercado y llevar los precios a la baja”.
“Considerar que esa medida es necesaria para asegurar el abastecimiento y los precios en el mercado es desconocer cuál es el consumo de nuestro país, qué proporción se exporta, cómo repercute en la oferta actual y cómo afectará en el futuro cercano”. afirmaron desde la Asociación Argentina de Angus.
Desde la Sociedad Rural Salteña expresaron que esta nueva normativa “es reeditar medidas que ya fueron implementadas en periodos anteriores y que solo perjudican a la mesa de los argentinos” y puntualizó que “implica volver a los ROE (permisos de exportación) que alientan la corrupción y el amiguismo político”.
Por su parte, el Foro Argentino de Genética Bovina (FAGB) consideró que para acrecentar la actividad “la mejor manera de hacerlo es dando señales de estabilidad para fomentar las inversiones. Cualquier medida restrictiva o cambios de reglas de juego, solo provocará el efecto contrario, perjudicando a consumidores y a toda la cadena.
El presidente de MeProLSaFe (Mesa de Productores Lecheros de Santa Fe), Fernando Córdoba, sorprendido reflexionó que “los lácteos en el mercado interno no estaban teniendo problemas y se estaban pudiendo exportar libremente, ayudando a descomprimir el crecimiento de la producción el año pasado”.
Detalles de la Resolución:
“La medida propiciada brindará un horizonte de mayor certidumbre no solo para los interesados en participar en la actividad, sino también para los compradores extranjeros, creando un entorno que contribuya a consolidar más aun la industria agroexportadora de nuestro país, instalándola como marca distintiva en el mundo”, sostiene la medida.
GRANOS, LÁCTEOS Y CARNE
Los interesados en exportar deberán informar:
- Detalle de cuentas bancarias con las que opera, movimientos bancarios de los últimos seis meses y líneas de financiamiento otorgadas por las entidades informadas.
- Plan de trabajo proyectado para el próximo año, con detalle de mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos.
- Detalle del personal en relación de dependencia y compañía aseguradora de riesgos de trabajo contratada y constancia de las entidades bancarias donde se depositan los haberes de los trabajadores.
- Último estado contable certificado, para las Personas Jurídicas y Manifestación de bienes actualizada y certificada para las Personas Humanas o socios y/o accionista para el caso de Personas Jurídicas de reciente constitución.
- Constancia de ingresos de divisas del último año, para el caso de haber realizado operaciones de exportación.
- Los titulares de los establecimientos matriculados son solidariamente responsables por los incumplimientos de los requisitos y demás condiciones establecidas en la presente resolución.