La medida que da de baja el decreto 2.635 del 30 de noviembre del año pasado fue adoptada mediante otro DNU, en este caso el 73/2016, que se publica este miércoles en el Boletín Oficial donde se deroga el decreto que dispuso el cese de la detracción del 15% de la masa de impuestos coparticipables.
En ese marco, se da “cuenta a la Comisión Bicameral Permanente el Honorable Congreso de la Nación a los efectos de su tratamiento y consideración legislativa”.
En el DNU publicado en el Boletín Oficial aclara que “el presupuesto del año 2016 de la seguridad social se encontraría seriamente comprometido en cuanto a su nivel de gasto y financiamiento, situación que se agravaría en forma notable de no mediar la inmediata extinción del mencionado decreto”, y explica que “el impacto negativo que origina dicho decreto [el 2635] al financiamiento de la Anses deberá ser compensado con un ajuste sobre el gasto primario a cargo del Tesoro Nacional, con el agravante de que dicha norma no prevé la posibilidad de atender ese déficit con el uso del crédito público, circunstancia que empeora las políticas presupuestarias”.
Asimismo, sostiene que con ese DNU “se vulnera la expresa limitación constitucional del artículo 99, inciso 3, en cuanto prohíbe dictar decretos de necesidad y urgencia en materia tributaria, por tratarse su objeto de la distribución intrafederal de recursos de naturaleza impositiva”.
La Corte había fallado el 24 de noviembre a favor de Córdoba, San Luis y Santa Fe en los juicios que le iniciaron al Estado para que le devuelvan lo retenido por la coparticipación, pero días después el gobierno de Cristina hizo extensiva a todos los distritos la devolución.
Luego, el 9 de diciembre, la jueza Liliana Heiland dispuso suspender provisoriamente esa disposición de la entonces presidenta, a partir de una medida cautelar presentada por la Mesa Nacional de Jubilados Pensionados y Retirados de la República Argentina.