Argentina dio un nuevo paso en el fortalecimiento del control marítimo con la entrada en vigencia de la Disposición N° 20/2026, una normativa que endurece la vigilancia y el régimen de sanciones contra la pesca ilegal extranjera en la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA).
La medida fue impulsada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca, y apunta a optimizar la protección de los recursos marinos frente a la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR).
Uno de los ejes centrales del nuevo protocolo es la transformación de conceptos técnicos complejos en estándares claros, objetivos y verificables. A partir de ahora, el comportamiento de los buques permitirá establecer presunciones legales de pesca ilegal. Se considerará infracción cuando un buque extranjero navegue a velocidades inferiores a 6 nudos realizando maniobras compatibles con tareas de pesca.

En el caso específico de los buques poteros, especializados en la captura de calamar, la presunción operará si navegan a 2 nudos o menos sin una justificación válida. Estas pautas buscan cerrar zonas grises en la fiscalización y facilitar la actuación de las autoridades.
El control se apoyará en tecnología de alta precisión a través del Sistema Guardacostas de la Prefectura Naval Argentina, que utiliza registros satelitales y electrónicos como prueba objetiva para la detección de infracciones.
La normativa también contempla garantías para los operadores, ya que permite a los capitanes presentar descargos y pruebas técnicas, como reportes meteorológicos o partes de avería, para justificar sus movimientos, asegurando el respeto del debido proceso.
La iniciativa se enmarca en el Principio Precautorio, que obliga al Estado a actuar de manera preventiva ante la posibilidad de daños graves al ecosistema marino, incluso cuando no exista certeza científica absoluta en el momento de la detección.

