Distintos proyectos e iniciativas avanzan hacia la consolidación de una actividad que promete ser auspiciosa: el cultivo de cannabis para uso medicinal, su industrialización y comercialización. Proyectos convertidos en normas regulatorias como la reciente ocurrida en el municipio de Lomas de Zamora y en la Provincia de Mendoza, afloran como un freno a la persecución y marcha hacia la despenalización.
El Concejo Deliberante de la municipalidad de Lomas de Zamora aprobó el cultivo, producción y reparto de aceite de canabis.
Con esta medida, la comuna lomense se suma a otras que de diversas formas, dieron respuestas a los incesantes reclamos de los cultivadores de cannabis que desde hace años que pugnan por legalizar el cultivo y la producción y dejar atrás las estigmatización que los criminaliza.
El proyecto pertenece a la ex concejal –hoy diputada nacional- Daniela Villar quien como edil elevó su proyecto al CD que mediante una ordenanza estableció que se puede cultivar y producir aceite de cannabis, para luego ser repartido a quienes lo necesiten y figuren en un registro de pacientes.
“Se prevé el acceso al cannabis para la salud apuntando a darles una mejor calidad de vida a aquellas personas que padezcan dolor y sufran algunas de las patologías que estén establecidas científicamente como pasibles de abordar con este tipo de tratamiento”, señaló la autora del proyecto a Diputados Bonaerenses.
De este modo, Lomas de Zamora se suma a otros partidos bonaerenses como Berazategui, San Vicente, Torquinst, General La Madrid y Hurlingham, en los que también se aprobó el cultivo público y comunitario de la cannabis, para uso medicinal y de investigación.
Una de las provincias que ya avanzó sobre el cultivo de cannabis es Mendoza, en donde ya puede cultivar y producir aceite medicinal. La Legislatura mendocina aprobó un proyecto del diputado José María Videla que con los votos necesarios le dio una sanción definitiva por unanimidad, para la investigación científica y el uso medicinal del cannabis, a nivel provincial.
El proyecto, ya convertido en ley, establece como autoridad de control al Ministerio de Economía y Energía que adoptará y coordinará pautas y protocolos para la investigación, cultivo, producción y comercialización. La normativa autoriza el cultivo de todas las especies, la industrialización y transferencia de tecnologías, con fines terapéuticos y medicinales.
Con esta norma, Mendoza también adhiere a la Ley Nacional 27.350 de investigación médica y científica del uso medicinal de plantas del género Cannabis SP y sus derivados.
El proyecto no contempló la participación del Estado, tan solo la autoridad de control. Pero es sin duda una ley con proyección al cultivo a gran escala y a una industrialización y comercialización acorde.
Sin embargo, el obstáculo muy difícil de remover es la Ley de Estupefacientes 23737 que pena el cultivo, la producción y el comercio. Si no se despenaliza el cannabis, como sustancia objeto de un delito, difícilmente se pueda avanzar en el cultivo medicinal y terapéutico, ya que la frontera entre un cultivador con fines medicinales y un narcotraficante es difusa y endeble. Es como una espada de Damocles que pende sobre la cabeza de los consumidores de cannabis.
Es que desde su sanción en los años 90, la ley penal, ha servido para encausar y encarcelar a consumidores y también a cultivadores que nada tienen en común con el narcotráfico. Tanto el castigo con cárcel como la estigmatización de los que consumen cannabis, no ha cumplido con su cometido de, por lo menos, disuadir y disminuir el consumo y el tráfico.
También existe algunas desprolijidades de los cultivadores; algunos de ellos importan semillas de Europa –principalmente España- y de Estados Unidos –California-. Pero traerlas en forma disimulada en otros envoltorios, hacen que algunos sean procesados y acusados de contrabando, figura penal que se encuentra en el Código Aduanero.
En otro orden, hace unos días atrás, se conoció la recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) a los gobiernos de “eliminarel cannabis y la resina de cannabis de la Lista IV de la Convención Única sobre Estupefacientes.
La lista contiene estupefacientes que se consideran particularmente peligrosos y sin ninguna importancia terapéutica. El cannabis y la resina de cannabis habían sido incluidos en ese apartado al momento de la adopción de la Convención Única, en 1961 y desde entonces se han mantenido ocultas las propiedades medicinales y terapéuticas de esta planta.
La recomendación de la OMS, que supone un paso muy relevante para el cannabis y especialmente para las investigaciones sobre su uso terapéutico, fue efectivizada a través de una carta de su director general, Tedros Adhanom, dirigida al secretario general de la ONU, António Guterres, y se someterá a votación durante el 62º período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes (CND) que se reunirá en Viena, Austria, en marzo de 2021.
Sin duda que esta recomendación de la OMS, sumado a la experiencia de la hermana República Oriental del Uruguay, tanto la sanción de la Ley 27.350 y su reglamentación mediante el Decreto 883/2020 y las autorizaciones para cultivo y producción con fines medicinales en distintas provincias –Jujuy es la más avanzada- y municipios del país, harán avanzar esta auspiciosa actividad, hacia su definitiva despenalización del cannabis.
(*) Periodista y Abogado

