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Comenzó la veda electoral: qué es lo que no pueden hacer los partidos políticos

El Ágora Por El Ágora
18 noviembre, 2023
en Actualidad
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Para un efectivo control de los comicios
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A partir de las 8 rige en todo el territorio nacional la veda electoral que se extenderá hasta el domingo a las 21 horas, luego del cierre de los comicios del balotaje que enfrentará a los candidatos presidenciales Sergio Massa (Unión por la Patria) y Javier Milei (La Libertad Avanza). 

Durante este período de veda quedarán prohibidas las actividades proselitistas y la difusión de información sobre encuestas de los comicios.

De acuerdo al artículo 71 del Código Nacional Electoral, dentro de las prohibiciones que establece la veda está la de “realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo” a las 18 del próximo domingo. 

Cuál es el objetivo de la veda electoral

Uno de los propósitos es el de generar una instancia libre de reflexión en el período inmediatamente anterior a la elección para que los ciudadanos puedan evaluar, teóricamente sin ser influidos por la propaganda política, sobre el sentido de su voto, en caso de que aún no hayan tomado la decisión.

¿Qué actividades no se pueden hacer durante la veda electoral?

  • Actos públicos de proselitismo: esto incluye actos políticos, mítines, concentraciones, desfiles, etc.
  • Publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales: esto incluye encuestas, sondeos, proyecciones, etc.
  • Ofrecer o entregar boletas de sufragio: esto incluye ofrecer o entregar boletas de sufragio a los electores, a los miembros de mesas receptoras de votos o a los funcionarios electorales.
  • Portar armas, usar banderas, divisas u otros distintivos: esto incluye portar armas de fuego, portar banderas, divisas u otros distintivos de partidos políticos.
  • Abrir organismos partidarios: esto incluye abrir locales partidarios dentro de un radio de 80 metros de los centros de votación.
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección: esto incluye encuestas, sondeos, proyecciones, etc., sobre el resultado de la elección.

Qué se puede hacer y qué no

Según consta en el sitio Argentina.gob.ar:

  • Se prohíbe realizar actos públicos de campaña
  • Se prohíbe el proselitismo electoral, incluidos los avisos publicitarios y el reparto de boletas y la apertura y funcionamiento de locales partidarios
  • También se prohíben posteos en redes sociales y la actividad online destinada a promover el voto de un candidato en particular.
  • Se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo.
  • La venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 20 hs del sábado hasta las 21 hs del domingo.
  • La portación de armas está prohibida durante la veda electoral
  • Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

Qué pasa con quienes violan la veda electoral

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.

Etiquetas: veda electoral
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