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Fernández: “Estamos viviendo el peor momento de la pandemia”

El Ágora Por El Ágora
20 mayo, 2021
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Fernández: “Estamos viviendo el peor momento de la pandemia”
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El presidente Alberto Fernández anunció que dispuso una “cuarentena” de 9 días a partir del sábado hasta el 30 de mayo y aseguró que Argentina está viviendo “el peor momento desde que comenzó la pandemia” y llamó a asumir “la gravedad” de la situación más allá de lo que cada uno piense, “sin sacar ventajas” sino “unidos” para enfrentar esta “catástrofe”.

Fernández habló por cadena nacional para anunciar las medidas para frenar el incremento de los casos de coronavirus en el marco de la segunda ola de la pandemia. Es una medida de cuidado intensiva y temporaria.

El jefe de Estado dijo que “no es momento de especulaciones” y llamó a “no negar la situación”, en medio de las “irreparables vidas perdidas”.

“El primero que debe cuidar la salud de todos y todas es el Estado. El Estado jamás debe hacerse el distraído. Es indudable que tengo el deber de cuidar la salud de los argentinos porque la ley me lo impone, pero por encima de ese deber legar siento el deber ético”, remarcó.

Fernández advirtió esta noche que “es decisivo que cada administración (provincial) aplique” restricciones más profundas en las próximas semanas para frenar el impacto de la segunda ola de coronavirus.

“No hay lugar para especulaciones”, enfatizó el mandatario nacional en un mensaje emitido por cadena nacional.

MEDIDAS DISPUESTAS POR EL GOBIERNO NACIONAL

  • -Se restringe la circulación en todas las zonas del país que se encuadren en Alto riesgo o en Alarma epidemiológica.
  • La medida regirá desde este sábado 22 de mayo a las 0 horas hasta el domingo 30 de mayo inclusive.
  • Quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial.
  • Estarán habilitados los comercios esenciales, los comercios con envío a domicilio y para llevar.
  • Sólo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18hs, o por razones especialmente autorizadas.

Posteriormente del 31 de mayo hasta el 11 de junio inclusive se retomarán las actividades en el marco de las medidas vigentes hasta el día de hoy y se implementarán las restricciones que correspondan a cada zona según los indicadores epidemiológicos y sanitarios.

En ese lapso, tratando de favorecer bajar aún más los contagios, se dispondrá que el fin de semana correspondiente al 5 y 6 de Junio se vuelvan a restringir las actividades en las zonas más críticas.

Exceptuados de la Fase 1:

  • ?Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  • ?Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
  • ?Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
  • ?Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
  • ?Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  • ?Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  • ?Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • ?Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • ?Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  • ?Personal afectado a obra pública.
  • ?Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  • ?Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  • ?Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  • ?Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
  • ?Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  • ?Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  • ?Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  • ?Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.?Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • ?Servicios de lavandería.
  • ?Servicios postales y de distribución de paquetería.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Etiquetas: ALBERTO FERNANDEZatención hospitalariacovid-19enfermosgarantizarmarco regulatorio nacionalPaíspandemia

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