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Home Agronegocios

El Foro Empresario de Región Centro advierte la gravedad de la ley sobre incendios forestales y rurales

El Ágora Por El Ágora
14 diciembre, 2020
en Agronegocios
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Gremios portuarios exigieron medidas contra el daño ambiental ante los incendios en los humedales

foto ilustrativa

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El Foro Empresario de Región Centro recuerda que “la Ley 26.815 sancionada a fines de 2012 fue concebida para ser aplicada a las acciones y operaciones de prevención, supresión y combate de incendios forestales y rurales, en bosques nativos e implantados, áreas naturales protegidas, zonas agrícolas, praderas, pastizales y humedales”.

En ella se determina que el responsable del daño ambiental, que produzca quemas o desarrolle actividades prohibidas, tendrá la obligación de recomponer y adoptar las medidas de reparación, sin perjuicio de las sanciones y demás responsabilidades que le pudieran corresponder.

Asimismo, desde el Foro explicaron en un comunicado a la prensa que “en un agregado introducido a dicha ley en 2017 se incorporó el artículo 22bis, que estableció que “en caso de incendios de superficies de bosques nativos, cualquiera sea el titular de los mismos, no podrán realizarse modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio”.

Es por ello que consideraron que se apartaron totalmente de ese marco, “la ley que se ha aprobado en el Congreso Nacional, prohíbe por el término de 30 años desde su extinción cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio. Y, más aún, dicha prohibición se aplicaría independientemente de que se trate de un incendio provocado o uno accidental”.

Esto implicaría, de promulgarse esta reforma, que el propietario de un campo dedicado a la producción agropecuaria, que hubiese sido víctima de un atentado o sabotaje, o que hubiese sufrido la quema de sus terrenos por un siniestro producido en su zona, por un hecho fortuito o por dolo de un tercero, se verá impedido de disponer el uso de su predio y lo mismo quien lo recibiera por compra o arrendamiento.

Según el Foro Empresario “esto significaría un cercenamiento del derecho de propiedad aún sin haber tenido responsabilidad alguna en la causa que provocó el siniestro”.

Es por ello, que el Foro hace pública esta situación para que el presidente advierta el “grave daño que su promulgación provocará a los derechos constitucionales y a la producción agropecuaria”.

Etiquetas: Foro Empresarioincendios forestalesincendios ruraleslegislaciónLey 26.815Región Centro
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