En ese marco, la cartera que conduce Juan José Aranguren aprobó la Reprogramación Trimestral Definitiva para el período febrero-abril de 2016, que había elevado la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa), al considerar que “el precio a pagar por la demanda de energía eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) debe ser suficiente para satisfacer el costo económico de abastecerla”.
En la Resolución se sostiene que “ante el desfasaje existente entre los costos reales y los precios vigentes y considerando las posibilidades de pago de los usuarios y la conveniencia de prevenir un impacto negativo en la economía nacional, resulta necesario sancionar un precio estacional único a nivel nacional para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) todavía sensiblemente menor al costo real de abastecimiento del sistema, aplicable a la demanda de energía eléctrica de los Agentes Prestadores del Servicio Público de Distribución de los usuarios que no están en condiciones de contratar su propio abastecimiento y/o tienen demandas menores a los TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW), en tanto se avanza en la implementación progresiva de un programa de normalización de las distintas variables macroeconómicas, se incentiva el uso racional y eficiente de la energía eléctrica y se afianzan condiciones propicias para la incorporación de inversiones privadas de riesgo en las distintas actividades y segmentos de la industria eléctrica”.
Para el consumo mensual excedente de CIENTO CINCUENTA KILOVATIOS HORA (150 kWh/mes) y siempre que el consumo mensual total sea MENOR o IGUAL al registrado en el mismo mes del año 2015, los precios de referencia de la energía serán los siguientes:
En horas de pico ($PEST.PICO): TREINTA Y UN PESOS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA (31,39 $/MWh).
En horas restantes ($PEST.RESTO): VEINTISIETE PESOS CON NUEVE CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA (27,09 $/MWh).
En horas de valle ($PEST.VALLE): VEINTIDÓS PESOS CON VEINTISÉIS CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA (22,26 $/MWh).
En el artículo 2 se dispuso que el precio de Referencia de la Potencia ($POTREF): es de un mil cuatrocientos veintisiete pesos con sesenta centavos por megavatio/mes (1427,60 $/MW-mes).
– Precio de referencia de la energía en el Mercado (PEST):
En horas de pico ($PEST.PICO): Setecientos setenta y tres pesos con dos centavos por megavatio hora T(773,02 $/MWh).
En horas restantes ($PEST.RESTO): Setecientos sesenta y ocho pesos con setenta y dos centavos por megavario hora (768,72 $/MWh).
En horas de valle ($PEST.VALLE): Setecientos sesenta y tres pesos con ochenta y nueve centavos por megavatio hora (763,89 $/MWh).
Link de la Resolución 6/2016
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNormaBusquedaRapida/140511/20160127/6%2F2016