El Senado debate esta tarde el proyecto de reforma de la ley de biocombustibles, que propone aumentar los cortes obligatorios de bioetanol del 12% al 15% y de biodiésel del 7,5% al 10%. Los nuevos porcentajes comenzarían a aplicarse un año después de la sanción de la ley.
La iniciativa llegó al debate luego de que se superaran las diferencias en torno a la participación de las pymes de biodiésel, a partir de modificaciones acordadas entre los libertarios y sus aliados.
Las pequeñas y medianas empresas buscan mantener su participación del 7,5% del mercado, mientras que el proyecto establece una reducción progresiva de ese porcentaje hasta 2031.
El esquema contempla dos segmentos: empresas integradas, que pueden participar en la cadena productiva, y empresas no integradas. Cuando el corte obligatorio de biodiésel llegue al 10%, las no integradas tendrán una participación del 6,5% del mercado.
El dictamen original establecía que ese porcentaje se redujera al 5,5% en 2029, al 5% en 2030 y al 3% en 2031. Desde 2032, el 7% del mercado podría ser comercializado entre todas las empresas. Este esquema había generado rechazo entre los aliados de las provincias del centro del país.
La nueva propuesta establece que las empresas no integradas tendrán un piso mínimo del 4% entre el 1° de enero de 2031 y 2036, garantizando así una porción del mercado durante ese período.
La presidenta de la Comisión de Minería, Energía y Combustibles, Flavia Royon, señaló que el dictamen busca “preservar y dar previsibilidad a las capacidades productivas existentes”, al mismo tiempo que plantea una transición hacia un marco “más competitivo, más transparente y abierto a nuevas tecnologías”.
La legisladora sostuvo que el proyecto no sólo incrementa los cortes de bioetanol y biodiésel, sino que también regula el abastecimiento y la comercialización de ambos productos, con el objetivo de establecer una transición ordenada.
En relación con el biodiésel, Royon destacó que se establece un período de transición hasta 2036, durante el cual se reducirá progresivamente la porción reservada a las empresas no integradas y se ampliará la competencia en el sector.
Bioetanol y biodiésel
En el caso del bioetanol, el proyecto mantiene durante un año el corte obligatorio del 12% y luego establece su incremento hasta el 15%.
Durante la vigencia de la ley se mantendrán los porcentajes de corte según la materia prima de origen: 6% para el bioetanol producido a partir de caña de azúcar y 6% para el producido a partir de maíz.
El incremento del corte de bioetanol podría generar una mayor demanda para la industria tucumana, aunque el beneficio concreto dependerá de cómo se distribuyan los volúmenes entre los distintos productores.
El proyecto establece que todo combustible líquido clasificado como gasoil o diésel oil comercializado en el territorio nacional deberá contener un porcentaje mínimo obligatorio de mezcla de biodiésel del 7,5%, medido sobre el volumen total del producto final.
A partir de los 12 meses de la sanción de la ley, ese porcentaje mínimo obligatorio se elevará al 10% de biodiésel.
La iniciativa también establece que la autoridad de aplicación sólo podrá modificar excepcionalmente ese porcentaje mediante una resolución fundada. La medida podrá adoptarse para garantizar el abastecimiento ante situaciones comprobadas de escasez que afecten al mercado interno o por cuestiones técnicas o de calidad.
El proyecto exceptúa de la mezcla obligatoria con biodiésel al gasoil o diésel oil destinado a embarcaciones fluviales y marítimas, minería, combustibles de primer llenado, gasoil antártico, formulación de lodos de perforación en yacimientos, centrales eléctricas y zonas frías patagónicas, además de otras excepciones que pueda determinar la autoridad de aplicación mediante un acto fundado.




