Entidades relacionadas al cooperativismo presentaron una solicitud al titular del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Jorge Dillon para que instrumente las medidas necesarias con el fin de erradicar la plaga Lobesia Botrana.
El 26 de noviembre del año pasado obtuvo sanción definitiva la Ley N° 27227 que declaró de interés nacional la erradicación de la plaga designando al organismo como autoridad de aplicación. La misma dispone la entrega a los productores vitivinícolas de los emisores de feromona para la implementación de la técnica de “confusión sexual”.
Al respecto, Coninagro, Bodegas de Argentina AC y la Asociación de Cooperativas Vitivinìcolas Argentinas también pidieron que sean colocados los emisores de feromonas al 1º de setiembre del presente año para que sea efectiva la técnica.
Es por ello, que los representantes de las entidades recalcaron algunos puntos críticos “que influirán al momento de implementar el mecanismo que se desprende de dicha ley”.
A continuación el detalle de los aspectos planteados:
• ESTADO DE LA PLAGA A LA FECHA: el sistema de monitoreo revela incremento en las caídas. El número de hectáreas afectadas hoy sería de 130.000 pero la ley se ha elaborado bajo la estimación de la pasada temporada (100.000 has).
• REGLAMENTACIÓN DE LA LEY: se considera un punto crucial en la implementación del sistema de lucha debido a que constituye la herramienta por la cual SENASA –organismo de aplicación de la ley- podrá conformar el Comité Técnico previsto por la ley (Art. 6) para desarrollar el plan de acción. Las entidades le solicitan formalmente, formar parte del “Comité técnico” que reglamentará la ley con el fin de aportar una mirada técnica pero desde el sector vitivinícola, pudiendo aportar al resto de las entidades técnicas una visión de la realidad del productor vitivinícola.
• PLAN DE ACCIÓN: para la aplicación efectiva del tratamiento con feromona es necesario que el 01 de setiembre de 2016 los difusores se encuentre colocados en los viñedos.
Para que esto se logre consideramos necesario:
– Distribución a campo: la experiencia del Instituto de Sanidad y Calidad de Mendoza (ISCAMEN) indica que la logística de distribución y colocación de feromona en cada viñedo es compleja. Se requiere personal capacitado y el costo ronda en los $ 200/ha. Esta tarea es importante porque la colocación efectiva de los dispositivos permitirá a SENASA / ISCAMEN poder fiscalizar el cumplimiento de la ley por parte del productor. Esta tarea podría abarcar julio – agosto de cada año. Es un tema a desarrollar dentro de la reglamentación de la ley y dentro del plan de acción, ya que es una tarea que requiere capacitación y financiamiento. Se considera que el Gobierno de la Provincia de Mendoza podría colaborar en esta acción.
– Disponibilidad de feromonas: en Argentina existen no más de 4 empresas dedicadas a la comercialización del producto. Estas empresas deben programar su pedido anual a la fábrica para luego organizar su logística de ingreso a la Argentina. La ventana de producción de feromona para Argentina se produce en Mayo de cada año. El mes de Junio correspondería a la tramitación para ingreso al país.
– Llamado a licitación: a fin de cumplir con los plazos descritos en punto a y b, se considera necesario que el llamado a licitación por parte de SENASA se realice y adjudique entre los meses de Febrero y Marzo 2016. Como se destinará una partida especifíca, se sugiere su manejo a través de la figura de “Fideicomiso”.
• CONSIDERACIONES SOBRE PLAN DE ACCIÓN Y APLICACIÓN DE LA LEY: las entidades firmantes sugieren:
– Manejo de Fondos: al tratarse de una partida que debe ser dispuesta por el Poder Ejecutivo para este fin específico se sugiere manejarla a través de un “fideicomiso”, tal como se menciona en párrafo anterior. Es importante garantizar el destino y uso de éstos fondos para aplicarlos a la compra de feromonas y acciones derivadas para su distribución y colocación.
– Concientización: es clave realizar acciones de concientización sobre el daño que está causando Lobesia b. Se propone colaborar con todas las acciones de difusión y capacitación que se realicen, haciendo énfasis en el conocimiento del daño que ocasiona y la forma de colocación de feromona en viñedo. Se propone realizar capacitaciones vinculantes por ejemplo: al momento que el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) entregue las obleas para el viñedo, el productor deberá tomar un “curso” sobre colocación de feromonas y al momento de entregar la uva cada bodega le solicitará ésta capacitación.
– Monitoreo de SENASA: es necesario incrementar la red de monitoreo para poder evaluar la efectividad de la técnica de feromona.