El Senasa realizó una actualización integral de su normativa para productos fitosanitarios con cambios claves para agilizar el acceso a estos insumos, modernizar los procedimientos técnicos y garantizar mayor seguridad para los cultivos y las personas.
La Resolución 458/2025 del Senasa, publicada hoy en el Boletín Oficial elimina la burocracia innecesaria y la reemplaza por un sistema más ágil basado en declaraciones juradas para quienes elaboran, importan o comercializan fitosanitarios. Además, se incorporan criterios internacionales como el Sistema Globalmente Armonizado (SGA/GHS) para mejorar su clasificación y etiquetado.
La nueva reglamentación también habilita el ingreso de productos con antecedentes aprobados en países con normativas similares, y permite su uso experimental en el país bajo condiciones controladas. A su vez, se actualizan criterios de evaluación científica y se facilita la adopción de tecnologías más eficientes.
Además, permite a Senasa la reevaluación de productos fitosanitarios registrados. El organismo sanitario puede determinar una reevaluación del uso de un producto fitosanitario.
Respecto a los productos destinados exclusivamente a la exportación, estos deberán cumplir con las reglamentaciones vigentes exigidas por el país de destino. A tal fin, el Senasa deberá otorgar las certificaciones correspondientes si le fueran solicitadas por los exportadores.

